SEMARNAT: Extensión de suspensión de plazos

 Profesional relacionado: Gabriel Calvillo , Paula Pérez   |      04/05/2020

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales extiende el periodo de días inhábiles para los actos y procedimientos administrativos llevados a cabo ante la Secretaría y sus órganos administrativos desconcentrados.

Como consecuencia de las medidas ordenadas por el Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud para la prevención y combate a la propagación del Coronavirus COVID-19, el 17 de abril de 2020, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (“SEMARNAT”), publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo (el “Acuerdo”) por el cual se modifica el “Acuerdo Original" por el que se habían declarado los días considerados inhábiles para los actos y procedimientos administrativos substanciados ante la SEMARNAT y sus órganos administrativos desconcentrados, del 24 de marzo al domingo 19 de abril de 2020 (el “Acuerdo Original”). El Acuerdo tiene el objeto de ampliar el plazo de la suspensión de los actos y procedimientos administrativos de la SEMARNAT hasta el 30 de abril de 2020, por lo cual no se computarán plazos y no corren los términos para efectos de los trámites, diligencias y actuaciones en los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse.

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