Aisha Calderón
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Profesional relacionado: Aisha Calderón , Horacio M. de Uriarte | 09/01/2023
El 9 de diciembre de 2022, la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) presentó para la aprobación de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (“CONAMER”) el “Acuerdo por el que la que la comisión reguladora de energía modifica la resolución RES/948/2015 por la que se expiden las disposiciones administrativas de carácter general en materia de acceso abierto y prestación de los servicios en la red nacional de transmisión y las redes generales de distribución de energía eléctrica” (el “Anteproyecto”).
A manera de contexto, el 16 de febrero de 2016, la CRE publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución número RES/948/2015 por la que se expidieron las disposiciones administrativas de carácter general en materia de acceso abierto y prestación de los servicios en la Red Nacional de Transmisión (“RNT”) y las Redes Generales de Distribución (“RGD”) de Energía Eléctrica (la “Regulación Vigente”). Estas disposiciones prevén, entre otras: (i) las reglas de acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la RNT y a las RGD, (ii) las condiciones generales para la prestación del servicio público de Transmisión y Distribución de electricidad, así como (iii) diversas disposiciones aplicables en materia de tarifas, garantías, parámetros de desempeño de la RNT, evaluación de la calidad y continuidad de las RGD, y los derechos y obligaciones aplicables en la prestación de los servicios públicos de transmisión y distribución de energía eléctrica.
El Anteproyecto pretende, por un lado modificar las disposiciones previstas en la Regulación Vigente, así como implementar disposiciones nuevas; en ese sentido, el Anteproyecto establece, entre otras cosas:
A la fecha, el Anteproyecto se encuentra en proceso de consulta, el cual permite a cualquier persona o entidad presentar comentarios mediante CONAMER. El proceso de consulta debe durar al menos 20 días hábiles, a partir de la fecha de publicación de cada anteproyecto. Una vez concluido el proceso de consulta, la CRE debe revisar los comentarios recibidos y ya sea, modificar el Anteproyecto con base en ellos o explicar por qué uno o más comentarios no son tomados en cuenta. CONAMER debe posteriormente revisar la determinación de la CRE para aprobar el Anteproyecto para que la CRE lo publique o solicitarle una nueva revisión en caso de que ciertos comentarios no hayan sido considerados.
Para consultar el expediente del Anteproyecto, y en su caso hacer comentarios al mismo, puede acceder a la siguiente liga
En caso de que el Anteproyecto sea aprobado y publicado, y de considerar que las disposiciones ahí contenidas tengan algún un efecto adverso, éstas pueden impugnarse mediante los medios de defensa aplicables, incluyendo el juicio de amparo.
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