Extiende el Centro Nacional de Control de Energía su periodo de suspensión de actividades

 Profesional relacionado: Horacio M. de Uriarte   |      14/04/2020

Como consecuencia de las medidas ordenadas por el Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud para la prevención y combate a la propagación del Coronavirus Covid-19, el 9 de abril de 2020, el Centro Nacional de Control de Energía (“CENACE”) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo (el “Acuerdo”) por el cual  se modifica el Artículo Primero del “Acuerdo por el que se declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos substanciados ante las Unidades Administrativas del Centro Nacional de Control de Energía del jueves 26 de marzo al domingo 19 de abril de 2020” (el (“Acuerdo Original”). 

El Acuerdo tiene el objeto de ampliar el plazo de la suspensión de las actuaciones, promociones y solicitudes, incluyendo aquéllas realizadas vía el Sistema de Atención a Solicitudes de Interconexión y Conexión, llevadas a cabo ante el CENACE hasta el 30 de abril de 2020. No obstante lo anterior, considerando que los días 1 a 3 de mayo de 2020 son inhábiles (i) los plazos y términos de los procedimientos substanciados ante el CENACE están suspendidos hasta el 30 de abril de 2020, reanudándose el 4 de mayo de 2020; (ii) los términos para CENACE o los particulares, que venzan durante el periodo de suspensión se prorrogarán y reanudarán el 4 de mayo de 2020; y (iii) las solicitudes presentadas al CENACE durante el periodo se suspensión se entenderán realizadas el 4 de mayo de 2020 (y, por consecuencia, el plazo para su resolución comenzará a correr a partir de dicha fecha). Los demás términos y condiciones establecidos en el Acuerdo Original seguirán surtiendo efectos jurídicos en los términos previstos en el mismo.

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