Emisión de criterios para prorrogar la fecha límite para le entrada en operación de proyectos legados

 Profesional relacionado: Horacio M. de Uriarte   |      01/05/2019

El 10 de abril de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía define las causas justificadas por las que se podrá extender el plazo del 31 de diciembre de 2019, para demostrar a la Comisión la entrada en operación comercial de la capacidad total contemplada en los contratos de interconexión legados y se emite el criterio de interpretación relativo a la vigencia de los contratos de interconexión legados que sean prorrogados” (el “Acuerdo”).

El 10 de abril de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía define las causas justificadas por las que se podrá extender el plazo del 31 de diciembre de 2019, para demostrar a la Comisión la entrada en operación comercial de la capacidad total contemplada en los contratos de interconexión legados y se emite el criterio de interpretación relativo a la vigencia de los contratos de interconexión legados que sean prorrogados” (el “Acuerdo”). Como antecedente, es importante tener en cuenta que, de conformidad con el segundo párrafo del artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica (“LIE”), los titulares de proyectos desarrollados bajo permisos otorgados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (v.gr., autoabastecimiento, cogeneración, producción independiente, pequeña producción, importación o exportación), la cual fue abrogada por la LIE, pueden celebrar un contrato de interconexión legado (“Contrato de Interconexión Legado”) con vigencia de hasta 20 años, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos: 1. El interesado haya solicitado un permiso para el proyecto de generación o haya obtenido dicho permiso, previo a la entrada en vigor de la LIE. 2. El interesado haya notificado a la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) su intención de continuar con el proyecto, dentro de los 60 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la LIE. 3. El interesado haya comprobado a la CRE, a más tardar el 31 de diciembre de 2016, haber pactado el financiamiento completo del proyecto, y haber comprometido la adquisición de los equipos principales. Asimismo, dicho Artículo Décimo Tercero Transitorio de la LIE prevé en su párrafo tercero que se deben cancelar los Contrato de Interconexión Legados celebrados de conformidad con los requisitos mencionados en el párrafo anterior, así como los derechos a celebrarlos, en los siguientes casos: 1. Cuando la CRE no haya aceptado la solicitud de permiso, o 2. Cuando el permisionario no demuestre a la CRE la entrada en operación comercial respecto de la capacidad total contemplada en el Contrato de Interconexión Legado a más tardar el 31 de diciembre de 2019 (plazo que puede ser extendido por la CRE por causas justificadas).

Derivado de lo anterior, el Acuerdo tiene por objeto, entre otras cosas, reglamentar lo señalado en el inciso “(ii)” anterior. Así, establece que la única causa justificada por la que se puede extender el plazo del 31 de diciembre de 2019, es el reconocimiento por la CRE de un caso fortuito o fuerza mayor. Por ello, en caso de que se le reconozca la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor a un permisionario que no cuente con un Contrato de Interconexión Legado firmado, la CRE determinará la fecha límite para que dicho permisionario demuestre la entrada en operación comercial una vez concluido dicho caso fortuito o fuerza mayor, con el fin de celebrar un Contrato de Interconexión Legado de conformidad con las disposiciones aplicables. Por otro lado, se debe tener en cuenta que el modelo de Contrato de Interconexión Legado permite prorrogar la fecha de operación comercial por una única ocasión (por seis meses para proyectos de autoabasto[1], o por 12 meses, para el resto de los proyectos). De conformidad con el principio general del derecho de irretroactividad, el Acuerdo dispone que el derecho a la prórroga antes mencionada debe respetarse. El Acuerdo también prevé que aquellos permisionarios que aún no hayan celebrado un Contrato de Interconexión Legado pero sí hayan cumplido con el requisito relativo a la notificación sobre la obtención de financiamiento y adquisición de equipos principales, pueden celebrar un Contrato de Interconexión Legado siempre y cuando cumplan con los requisitos aplicables para la firma de dicho contrato (es decir, que lleven a cabo un proceso de interconexión ante el Centro Nacional de Control de Energía conforme las reglas de interconexión aplicables). Sin embargo, la fecha para la entrada en operación comercial que se establezca en el Contrato de Interconexión Legado a firmarse no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2019, sin perjuicio de que la misma puede prorrogarse en los distintos supuestos mencionados anteriormente. Es importante tener en cuenta que, para modificar la fecha para la entrada en operación comercial prevista en un Contrato de Interconexión Legado conforme a lo aquí descrito, la CRE debe haber aprobado previamente la modificación de la fecha de operación comercial bajo el permiso de generación.

Por último, es importante mencionar que nada de lo dispuesto en el Acuerdo limita el derecho que tienen los permisionarios para migrar un proyecto legado al régimen previsto en la LIE. [1] No obstante, al término del plazo correspondiente, el permisionario puede evitar la terminación del Contrato de Interconexión Legado para proyectos de autoabasto y cogeneración efciente, pagando mensualmente el 50% de los cargos por los servicios de transmisión de acuerdo con la energía eléctrica estimada anual del proyecto.

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