COFECE emite Disposiciones Regulatorias de Emergencia para el trámite y desahogo de denuncias en relación con la Ley de Publicidad

 Profesional relacionado: Carlos Orcí , Francisco Fuentes Ostos   |      01/09/2021

El 31 de agosto de 2021, ante la inminente entrada en vigor de la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Practicas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad (la “Ley de Publicidad”), el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE”) emitió las Disposiciones Regulatorias de Emergencia con el afán de brindar certeza jurídica en el procedimiento y trámite de desahogo de denuncias que se puedan presentar por posibles infracciones a la Ley de Publicidad.

 

Los principales puntos a destacar son los siguientes:

 

  1. Las investigaciones por infracciones a la Ley de Publicidad iniciarán por denuncia y estarán a cargo de la Autoridad Investigadora.
  2. Sólo procederán las denuncias promovidas por personas que tengan interés jurídico.
  3. Las investigaciones se pueden ampliar hasta por 5 periodos de 120 días hábiles cada una.
  4. Durante las investigaciones la Autoridad Investigadora podrá requerir información y documentación, citar a declarar y realizar visitas de verificación en donde se presuma que existen elementos para la investigación. 
  5. Al concluir la investigación, la Autoridad Investigadora le presentará al Pleno el dictamen que proponga el inicio del procedimiento seguido en forma de juicio o el cierre del expediente. 
  6. El Pleno de la COFECE se resolverá respecto a si la conducta tipifica alguna conducta prohibida por la Ley de Publicidad o no.

 

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